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En el intento por impedir la entretención popular y en defensa de los intereses monopólicos, los detractores de las máquinas de premio programado sostienen una campaña de desinformación jurídica que sustentan sobre interpretaciones subjetivas.

1. LAS TRAGAMONEDAS POPULARES SON DE AZAR

Falso.  Por definición legal y técnica las tragamonedas de barrio NO SON de azar.
Aunque físicamente similares, son técnicamente muy diferentes por el software de operación que utilizan en su funcionamiento.
Las máquinas de azar son más complejas, de alto costo y funcionan con un software aleatorio.
Las máquinas de barrio son simples y baratas y funcionan con un software con ciclos programados de premios.
Resulta de toda obviedad que una máquina con ciclos programados de premio NO PUEDE ser de azar puesto que EL AZAR NO SE PUEDE PROGRAMAR (dejaría de ser azar).

2. LAS TRAGAMONEDAS DE CALLE ESTÁN PROHIBIDAS POR LA LEY DE CASINOS

Falso. Se repite majaderamente que las tragamonedas populares están prohibidas por la Ley de Casinos. Eso es no es así.
La Ley de Casinos se aplica sólo a máquinas de azar. NO se aplica a las máquinas de juego programado.

3. TERGIVERSACIÓN DEL STATUS JURÍDICO

Se tergiversa el status jurídico y se ignoran fallos judiciales y Dictámenes de Contraloría.
Se presiona a los Alcaldes y Concejales con interpretaciones de la Ley.
Las acciones persecutorias iniciadas por los casinos o por algunos municipios, sobre la base de esta información, vulneran en forma flagrante tres derechos fundamentales de los operadores de máquinas autorizados por el status jurídico actual:
a) Violan el principio constitucional del Derecho a desarrollar una actividad económica licita;
b) Violan el derecho de propiedad, al incautar recursos industriales debidamente habidos y autorizados para ser explotados; y
c) Violan el principio básico de presunción de inocencia, consagrado en nuestro código procesal penal, reconocido y amparado en diversos tratados internacionales ratificados por Chile.

4. Insistencia en oponer AZAR V/S DESTREZA

Por los avances tecnológicos y su bajo costo, la situación de las máquinas electrónicas de entretención fuera de los casinos, en los últimos 2 años, dejó de ser el asunto de destreza o no destreza que se aplicaba a tipos específicos de juegos, y pasó a ser un problema de máquinas, que siendo físicamente iguales a las de los casinos, son técnicamente distintas. Llamadas máquinas de clase B o de «juego programado», su entrada al mercado ha creado un problema global que países como España y EE.UU. ya han regulado. 

En Chile, la Ley de Casinos NO regula este nuevo tipo máquinas. Esto hace que, de acuerdo a la ley chilena y lo ratificado en numerosos fallos judiciales y de la Contraloría General de la República, estas máquinas no sean ilegales, quedando su funcionamiento a la voluntad y parecer de quienes quieran instalarlas u otorgar permisos de funcionamiento. De aquí su proliferación.